Base constitucional del Derecho Procesal - Dalimar Sanchez
Base constitucional
del Derecho Procesal
En la constitución nacional están contenidas
las garantías constitucionales del proceso civil, penal, administrativo y de
cualquier procedimiento que representan los principios procesales, cuando se
hable de principios procesales fundamentales, se quiere decir que la
constitución tiene normas que por ser de rango constitucional son de
obligatorio cumplimiento. Dichos principios están contemplados en el artículo
21 (la igualdad de las partes ante la ley), articulo 24 (donde se establece que
la ley no tiene efectos retroactivos, salvo las excepciones y las leyes de
procedimiento se aplicara desde el momento de entrada en vigencia) y el
articulo 49 (establece el principio del debido proceso), por hablar de los
principios de rango constitucional, pero existen principios de rango legal
orientadas hacía el proceso civil contenidas en el propio Código de
Procedimiento Civil.
Dalimar Sanchez
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