Presunción de inocencia - Rrima El halabi
Presunción de inocencia
En
nuestro sistema procesal penal se ha consagrado el principio de presunción de
inocencia a favor del procesado, hasta tanto no recaiga sobre él sentencia
condenatoria con carácter de la cosa definitiva e irrevocablemente juzgadas.
Se refiere a la presunción de inocencia, lo
que implica el derecho del imputado a ser tratado como inocente durante el
proceso. Ella, a diferencia de lo que ocurre en el procedimiento inquisitivo,
es ampliamente reconocida en el procedimiento acusatorio. Los resultados son la
supresión del auto de procesamiento y, consiguientemente, la calidad de
procesado y las gravosas consecuencias que de ella se originan y a la
reglamentación de las medidas cautelares, en especial la prisión preventiva,
que debe ser una medida excepcional, fundada estrictamente en la necesidad de
asegurar el cumplimiento de los fines del proceso.
Rrima El Halabi
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